El DNU de Milei incluye una reforma laboral con límite de huelgas, despidos ante bloqueos y mayor período de prueba

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En los próximos días se conocerá el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) para avanzar con las desregulaciones en la economía. Entre otras cosas estará incluida la reforma laboral elaborada por los expertos de La Libertad Avanza y revisada por Omar Yasín y Federico Strunzenegger.

Respecto al DNU, este incluirá también la reducción de las multas laborales por trabajo no registrado o mal registrado con el fin de beneficiar a las pymes y favorecer la contratación de empleados. Otra de las cosas que están dentro del decreto es la habilitación para crear un sistema indemnizatorio similar al Fondo de Cese Laboral de la UOCRA, que será voluntario y deberá negociarse en los convenios colectivos.

Además, contará con la extensión del período de prueba de los trabajadores, que pasará de 3 a 8 meses. Incluso, el DNU modificará los intereses por indemnizaciones. Finalmente, el decreto incluirá la incorporación de la figura de trabajador independiente con colaboradores, con la idea de ayudar a que emprendedores o monotributistas puedan contratar personal, con aportes a la seguridad social y ART.
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De todos modos, el decreto también tendrá algunas medidas que generarán el rechazo de los sindicalistas. Una de ellas es la regulación del derecho de huelga y la inclusión de los bloqueos sindicales como causal de despido.

Sin embargo, no hay modificaciones en la Ley 23.511 de Asociaciones Sindicales. Esto significa que no se impulsa ninguna limitación de los mandatos sindicales que implique prohibir la reelección perpetua ni tampoco la instrumentación del voto electrónico en las elecciones gremiales.

Sin embargo esto no fue siempre así, ya que anteriormente habían planteado: “Una nueva ley democratizará el movimiento sindical, eliminando el unicato, la afiliación obligatoria y la falta de democracia, prohibiendo en este sentido las reelecciones continuas de los representantes, reduciendo la reelección a un máximo de dos mandatos continuos o tres alternados”.

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